Medidas en materia de accesibilidad a servicios de la Sociedad de la Información en España

Esta semana el Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la Sociedad de la Información y medios de comunicación social, y mucho revuelo se ha montado alrededor de este tema. Para empezar, aunque parezca obvio, pero es mejor dejarlo totalmente claro, esta ley sólo afecta a las webs de administraciones públicas (por ahora) en España.

Se ha formado mucha confusión en torno a esta ley y voy a intentar aclarar un poco el tema dentro de lo que cabe, ya que yo he sido el primero que tenía un poco de revuelo, pero preguntando en un lado y otro espero tener ya las ideas más claras. Así que espero, que con la ayuda de todos dejemos el tema mucho más claro; y cuando digo de todos quiero decir de todos, porque aunque la ley es para España, sé que son muchos los que nos visitan de otros países y espero que ellos también contribuyan.

Para empezar, creo que es casi obligado copiar el texto que ha aprobado el Consejo de Ministros relativo a la accesibilidad a los servicios de la Sociedad de la Información:

  1. Se establecen los criterios de accesibilidad aplicables a las páginas de Internet de las Administraciones Públicas o con financiación pública. En concreto, se prevé que las páginas de Internet se adapten al nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2004. La adaptación de estas páginas se llevará a cabo progresivamente hasta el 31 de diciembre de 2008.
  2. Se establecen unas condiciones básicas de accesibilidad a los equipos informáticos y a programas de ordenador, y se prevé que deberán ser accesibles a las personas mayores y personas con discapacidad.
  3. Se prevé que las normas sobre accesibilidad de páginas de Internet y las condiciones básicas de accesibilidad a equipos informáticos y a programas de ordenador sean aplicables a los servicios y dispositivos de firma electrónica.

Pues nos vamos a centrar en el primer punto, ya que es el que se refiere concretamente al tema de la accesibilidad web. Y la discusión más importante ha venido por el hecho de que se pide el cumplimiento de la Norma UNE 139803:2004. Para aquel que no lo sepa, esta norma es la norma creada por AENOR para los contenidos webs. Esta norma es de pago, pero puede consultarse gratuitamente en la web de Inteco, pero cuidado que no puede ser reproducida, por lo que aquí nos limitaremos a comentarla y nunca copiaremos el contenido de dicha norma.

Lo primero que nos sorprende es como se ha dejado fuera a las WCAG 1.0 (Guías de Accesibilidad al Contenido Web) de la W3C, si las WCAG 1.0 son unas normas universales, ¿por qué adoptar para una ley unas normas específicas de un organismo español?.

Pues esta cuestión nos la aclara perfectamente el presidente de la Fundación SIDAR, Loïc Martínez Normand, que nos dice:

“parece ser que en España no se puede referenciar en la legislación a documentos técnicos que no provengan de organismos oficiales de normalización (como AENOR, CEN e ISO) y, por desgracia, el W3C no lo es.”

Pues más claro el agua, parece ser que la legislación española sólo puede hacer referencia a documentos de organismos oficiales, por tanto hacía falta que un organismo como AENOR sacara una norma UNE relativa a la accesibilidad web. Por tanto, como consecuencia obtenemos que las web de administraciones públicas españolas ya no les valdrá el logotipo de cumplir con los criterios de WCAG 1.0, sino que ahora por ley tienen que cumplir con la norma UNE. Como a mí me gusta seguir tirando del hilo, de lo anterior saque una conclusión equivocada:

Todas las administraciones públicas españolas tendrán que pagar por una certificación de AENOR.

Pues este error me lo aclaró un compañero que está más acostumbrado que ello a estos temas legales, y voy a intentar explicar de forma sencilla porque no es esto verdad. Cuando una ley dice que tenemos que cumplir cierta norma UNE, como por ejemplo la referente a accesibilidad, nosotros podemos decir libremente y todo el mundo que queramos que nuestro sitio web cumple con todos los requisitos de accesibilidad, aunque en realidad nuestra web sea lo más inaccesible que se ha visto en la historia de internet.

El problema no está en decirlo, está en demostrarlo. Nosotros podemos decir que nuestra web es accesible, pero ¿cómo lo demostramos?. Aquí es donde entra el papel de la certificadoras que son las que se encargan con su “sellito” de decir que esa web es accesible. Certificadoras hay muchas, y ahora nos podríamos tirar horas y horas discutiendo cuál es la mejor, pero esto es un tema un poco delicado y que queda fuera del objetivo de esta entrada.

Por tanto, una vez aclarado que la administraciones públicas españolas no tienen que pasar por caja para cumplir la ley, me surge la siguiente duda: ¿quién se va encargar de velar por el verdadero cumplimiento de la accesibilidad de los sitios web?

Me explico, esta claro que las certificadoras están formadas por personas, y las personas no somos máquinas y cometemos errores, entonces ¿quién va a certificar el trabajo de las certificadores? O es más, ¿quién va a controlar que una web diga que cumple la norma UNE relativa a la accesibilidad sin ninguna certificación (recordemos que no es obligatoria), y sea verdad lo que dice?

Pues ahora mismo nadie. Así que me temo que esta ley no va a cambiar mucho las cosas, ya que cualquier web puede decir que es accesible y nadie le puede decir nada (legalmente hablando).
Para terminar, y no asustar a la gente creyendo que ahora tenemos que aprender una nueva norma y ya las WCAG 1.0 no sirven para nada en España, aclarar que estas normas UNE se hicieron basándose en las WCAG 1.0 y sólo tienen un par de cambios que las hacen más restrictivas, por lo que si nuestra web cumple con la prioridad 1 y 2 de las WCAG 1.0, también estaremos cumpliendo con la norma UNE 139803:2004.
Como la entrada me ha quedado un poco larga, voy a tratar de hacer un resumen de las principales ideas:

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Comentarios

Hola Fran,

Después de leer tu entrada me gustaría comentarte dos cosas sobre la accesibilidad en Webs de la Administración General del Estado.

Tienes mucha razón cuando dices que actualmente no hay ningún organismo que se dedique a analizar el estado de estas Webs para posteriormente y en caso de incumplimiento, sean sancionadas, o como pasa en otros países como EEUU, sean cerradas y descolgadas de Internet. Y posiblemente esto sea debido a que las leyes relacionadas con la accesibilidad no son lo suficientemente estrictas en nuestro país como deberían ser.

Pero me gustaría puntualizar que no es realmente cierto que no haya ningún organismo que vele por cuidar el cumplimiento de esta norma. Actualmente y ya desde hace más de un año, INTECO (Instituo Nacional de Tecnologías de la Comunicación) posee un grupo de trabajo especializado en accesibilidad (Centro de Referencia en Accesibilidad y Estándares Web), cuya misión es colaborar con los desarrolladores de estas Webs para conseguir que sean accesibles.

El trabajo que realiza esta gente se puede ver en:

http://www.inteco.es/frontinteco/es/frontIntecoAction.do?action=viewCategory&categoryName=Accesibilidad&id=6748

y yo creo que es muy alabable.

Aprovecho para felicitarte por tu blog y darte las gracias por difundir y potenciar un tema tan importante y tan crítico en el mundo de la Web, como es la accesibilidad Web.

A.R.

Hola A.R.,

aunque no lo he expresado muy claramente, yo me estaba refiriendo a algún organismo sancionador que vele por el cumplimiento de la norma.

Desde INTECO se hace más bien un trabajo de asesoría y auditoría, lo cual sin lugar a dudas es una labor muy importante, y un gran paso para conseguir la accesibilidad de las web de las administraciones públicas.

Muchas gracias por haber aclarado este tema.

Hola Fran, y visitantes…
La LSSICE del 2002, si no recuerdo mal, ya decia algo como “antes del 31 de diciembre de 2005″

¿Ahora para el 2008?…. ¿no es esto mas de lo mismo? ¿marear la perdiz? y lo peor de todo, quitando que cada uno pueda seguir haciendo lo que le venga en gana ¿una permanente manera de mal gastar tiempo, recursos, credibilidad administrativa….?

¿esperanzas, …..?

Un saludo, de un viejo amigo

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